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DEMANDA COLECTIVA CONTRA IBERIA - CANCELACIONES Y RETRASOS DEL CONFLICTO LABORAL DE LA CIA |
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FRONTPAGE_NO_TRANSLATION_AVAILABLE Recibidos multitud de peticiones de información sobre los retrasos y cancelaciones de vuelo de la compañía IBERIA en los meses de diciembre y enero, les tenemos que anunciar que ustedes tienen derecho a una indemnización y que por tal motivo se ha iniciado una DEMANDA COLECTIVA contra la compañía. Las compañías aéreas, en estas circunstancias, nunca ceden hasta que se presenta una demanda judicial ( con los fundamentos jurídicos correctos) ya que utilizan lo que llamamos en el sector la “ Técnica de la disuasión“, la cual consiste en que la gran mayoría de afectados se van cansando de sus peticiones, teoría que en un 99% de las ocasiones les da resultado y consiguen aburrir al pasajero.
Muy apreciado pasajero, Recibidos multitud de peticiones de información sobre los retrasos y cancelaciones de vuelo de la compañía IBERIA en los meses de diciembre y enero, les tenemos que anunciar que ustedes tienen derecho a una indemnización y que por tal motivo se ha iniciado una DEMANDA COLECTIVA contra la compañía. Las compañías aéreas, en estas circunstancias, nunca ceden hasta que se presenta una demanda judicial ( con los fundamentos jurídicos correctos) ya que utilizan lo que llamamos en el sector la “ Técnica de la disuasión“, la cual consiste en que la gran mayoría de afectados se van cansando de sus peticiones, teoría que en un 99% de las ocasiones les da resultado y consiguen aburrir al pasajero. Por todo esto es imprescindible que si tienen capacidad de obtener nombres y teléfonos de los pasajeros, este despacho se preocupa de llevar toda las reclamaciones a los pasajeros, recopilar documentos, enviar acuerdos extrajudiciales, presentar demandas etc… todo sin coste alguno para el cliente, ya que no cobramos ningún honorario hasta que se consigue la sentencia, en este momento es cuando se descuentan los honorarios que son de un 25% de lo que percibe el pasajero. Para poder proceder a la redacción de la demanda es necesario que me haga llegar los siguientes documentos; ( # imprescindible). - # TARJETAS DE EMBARQUE, son muy necesarias, (el trocito de cartón que le queda después de subirse en el avión, donde indica su numero de sitio). - FOTOCOPIA DNI, NIE o PASAPORTE. - FACTURAS de gastos extraordinarios ( si es que hay). - HOJA DE PLAN DE VIAJE. (horarios ) , planning que le da la agencia de viajes o le envían por correo electrónico. - RECLAMACIONES QUE SE HAYAN CURSADO hasta el momento, AENA, juntas arbitrales, a la compañía etc…( las copias originales). - #PODERES PARA PLEITOS , es necesario para poder tramitar la demanda ante el juzgado en nombre y cuenta del cliente. Este documento lo expedirá cualquier notario en base a la información que les adjuntamos en este correo electrónico. Tramite que no tiene por que tardar mas de 5 minutos en prepararlo y a un coste de unos 28 €, si los pasajeros se cordinan y van al notario el mismo día y hora les cobraran como si fueran uno solo. Todos estos documentos se tiene que enviar por correo certificado (2 €) a la C/ Floridablanca 114 principal 2ª de la ciudad de Barcelona 08015. DERECHOS QUE SE RECLAMAN EN ESTA DEMANDA COLECTIVA La protesta laboral o la huelga de celo de los pilotos de Iberia, ni era imprevisible (porque además no es la primera vez que utilizan ese medio de presión para conseguir sus pretensiones), ni era inevitable, ni, por supuesto, es un evento ajeno a la esfera empresarial de esa transportista aérea, por lo que deberá responder frente a sus clientes de los perjuicios que les han sido irrogados, todo ello de conformidad con el criterio jurisprudencial del Tribunal Supremo sobre las huelgas de personal propio como causa no exoneradora de responsabilidad contractual del empresario que las alega. La normativa comunitaria distingue cuatro derechos fundamentales de los pasajeros afectados por una cancelación aérea: A) Derecho a compensación económica (de 250 a 600 euros, dependiendo de la distancia del destino final). B) Derecho al reembolso del precio del billete (si el vuelo ya no tiene razón de ser en relación con el plan de viaje inicial del pasajero). C) Derecho a atención (deberá ofrecerse a los afectados gratuitamente dos llamadas telefónicas, comida y refrescos suficientes, y, en su caso, alojamiento en un hotel). D) Derecho a información. Todo transportista aéreo está obligado en caso de cancelación de vuelos, denegaciones de embarque o retrasos superiores a 2 horas de duración, a entregar a cada pasajero un folleto informativo de sus derechos. Paralelamente, los pasajeros podrán reclamar a Iberia una indemnización por daño moral, cuya cuantía variará dependiendo de la entidad del perjuicio causado. En Barcelona, a 9 de Enero de 2009. |
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